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Enrique Mendoza Vilar Director de Asesores Legales Corporativos ALC

Enrique Mendoza Vilar Director de Asesores Legales Corporativos ALC
Director de Asesores Legales Corporativos ALC, Abogado y Contribuidor regular

martes, 26 de abril de 2011

La pretendida muerte al 21060 ¿afecta al trabajador?

En los últimos días se habla de que el próximo 1 de mayo se "sepultará" al Decreto Supremo 21060 con la promulgación de una serie de normas, sepulcro que ha sido solicitado por la propia COB por sentirse directamente afectados en sus intereses por la norma.

Pero la pregunta vital es si realmente el D.S. 21060 (o lo que queda en actual vigencia del decreto) realmente incide de manera alguna al trabajador.

Muchos clientes nuestros, sobre todo empleadores y trabajadores están preocupados por noticias como las de la referencia (haz click en el título para leer el vínculo) por lo cual es necesario hacer esta aclaración: la muerte del 21060 (a través de una abrogatoria, derogatoria o incluso modificación) no implicaría una afectación directa a la esfera laboral y las otras medidas anunciadas necesitan una reforma legal parlamentaria. Por lo que a menos que se emita de manera específica una norma que reglamente la actual Ley General del Trabajo, su Decreto Reglamentario, el Código Procesal del Trabajo o las normas conexas, la muerte al 21060 no afecta al trabajador ni al empleador desde el punto de vista del derecho laboral.

El mencionado Decreto fue promulgado como una medida macroeconómica para combatir la situación inflacionaria del país hace un par de décadas atrás y su objetivo principal fue regular la política cambiara del país y descargar al Estado de la responsabilidad directa de la producción y la regulación directa del mercado.

Sin embargo, más allá del ya derogado artículo 55 de dicha norma y la favorable regulación y uniformidad del bono de antigüedad y otras favorables en relación al salario, no existe relación directa con el trabajador o la Ley General del Trabajo, pues la norma no afecta ya la esfera laboral del país.

Queda evidentemente pendiente la reforma laboral en nuestro país pero no cabe duda que los anuncios son netamente publicitarios en relación a la percepción propagandista del Decreto 21060 ajena por completo a su realidad normativa y sepultar el 21060 en nada afecta al trabajador en términos de alcance normativo laboral.

¿Por qué? porque los 200 artículos restantes se relacionan a la política cambiaria, a la regulación de la actividad productiva y la participación de los privados en la compra de divisas o la posibilidad de generar servicios y productos sin la intervención activa del Estado, la libre importación y exportación de productos, los feriados nacionales, la no regulación de mercados competitivos y la regulación de mercados oligopólicos o monopólicos. Todos estos factores tienen actual vigencia más allá del precepto meramente normativo y la desaparición del mencionado decreto no afectará necesariamente su vigencia y de ninguna manera lo hará en relación a la esfera legal laboral.

1 comentario:

  1. Y por qué se habla tanto del "maldito 21060" en todas las protestas de los grupos sociales, especialmente la COB?

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