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Enrique Mendoza Vilar Director de Asesores Legales Corporativos ALC

Enrique Mendoza Vilar Director de Asesores Legales Corporativos ALC
Director de Asesores Legales Corporativos ALC, Abogado y Contribuidor regular

jueves, 26 de mayo de 2011

El verdadero costo de los beneficios sociales tras la finalización de una relación laboral

Cuando el empleador y el trabajador concluyen la relación laboral, el verdadero costo de los beneficios puede resultar mayor a lo previsto por el empleador, y generarle varias dificultades.

Muchas veces el mayor costo se debe a un cálculo errado sobre las bases reales para el cálculo de los beneficios, un desconocimiento de los conceptos que comprenden los que se deben pagar en favor del trabajador, los plazos para hacerlo y otras obligaciones patronales y obligaciones formales. Sin embargo, es posible también que la falta de previsionamiento de dichos conceptos sea una razón también frecuente de problemas, sobre todo con trabajadores con bastante antigüedad, ya que la cuantía puede resultar bastante considerable y aparentemente repentina.

Lamentablemente, los empleadores buscan una ayuda o asesoramiento legal para intentar disminuir las obligaciones luego de ocurrido el despido o la renuncia. Sin embargo, en materia laboral, muchos de los conceptos a los que pueda verse obligado a pagar un empleador no dependen únicamente de un correcto cálculo de los beneficios tras el hecho, sino de un correcto asesoramiento y previsionamiento desde antes de la contratación y durante toda la relación laboral.

Ante una materia del derecho caracterizada por el proteccionismo, la inversión de la prueba y las ventajas procesales al trabajador como medio de compensación a la desigualdad económica entre las partes, muchos empleadores se encuentran en verdadera desventaja e inclusive indefensión ante un trabajador que pudiera estar buscando prestaciones superiores a las que legítimamente debería reclamar y obtener compensaciones injustas.

Y muchas veces la falta de asesoramiento oportuno no solamente implica el incumplimiento o inobservancia de parte del empleador, que pueda traducirse en cuantías mayores, sino que un reclamo del trabajador puede elevar los costos reales de dichos beneficios por gastos de representación, costas y honorarios, multas, intereses, actualizaciones y otros, pero sobre todo por la posibilidad de sufrir medidas preventivas y el notorio desgaste de esfuerzos y tiempos, recursos tan valiosos para el empleador. Un asesoramiento previo y constante puede resultar menos oneroso, más efectivo y más fácilmente previsible que un conflicto laboral.

2 comentarios:

  1. es muy costoso un reclamo judicial laboral, incluso personas naturales pueden resultar empleadores y estar sometidos a estos conflicto, pero la ley asume que los empleadores son empresas con ánimo de estafar a sus trabajadores

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  2. Los costos de la relación laboral están legamente previstos, pero su incumplimiento genera costos adicionales no tan fáciles de previsionar, como gastos procesales, multas y riegos de medidas de seguridad y precautorias que pueden ser muy perjudiciales y no solamente monetariamente costosas para el empleador

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