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Enrique Mendoza Vilar Director de Asesores Legales Corporativos ALC

Enrique Mendoza Vilar Director de Asesores Legales Corporativos ALC
Director de Asesores Legales Corporativos ALC, Abogado y Contribuidor regular
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miércoles, 8 de julio de 2015

La trascendencia de la llegada del Papa Francisco a Bolivia

Siendo este un blog sobre temas legales y relacionados a la actualidad Boliviana, cabe precisar que la trascendencia a la que esta nota se refiere es puntualmente a los aspectos de la política y lo legal en nuestro país.

La influencia y poder del Papa y la Iglesia están fuera de discusión. Pero Francisco ha decidido hacer historia (primera gira de un Papa hispano parlante a América Latina) escogiendo con gran significado no solo los países que visita sino su agenda.

Visita en esta primera gira a Ecuador, Bolivia y Paraguay, los países "más chicos" de América Latina, calificación no unidireccional porque se refiere a aspectos no de tamaño o extensión, sino de densidad de población, importancia política, acceso a servicios, educación y niveles de pobreza.

En ese marco, parte del mensaje ya se ha mostrado efectivo... su visita ha logrado lo que el Papa quiere... que volquemos nuestra mirada y atención hacia los más necesitados, los más pobres, lo pequeños. Justamente ahora el mundo tiene los ojos puestos en Francisco y él a través de esta gira hha logrado hacer que al mirarlo nuestra atención también se centre en Ecuador, Bolivia y Paraguay.

De ahí que la agenda en Bolivia adquiere una realzada importancia para mí y el objeto de este blog. La agenda de visita en Bolivia, además de las celebraciones litúrgicas de rigor, se está centrando en la atención de la situación de los privados de libertad y en consecuencia en resaltar las carencias de nuestro sistema penitenciario y las deficiencias del sistema judicial que satura a nuestras cárceles con personas detenidas en su gran mayoría preventivamente, como efectos de procesos altamente corruptos, deficientes y sobresalientemente cargados de una notoria retardación de justicia.


Si América Latina tiene una deuda pendiente aún con los pobres como hizo notar Francisco, creo que de forma adicional y como parte de esos pobres, nuestro país tiene una deuda también con la población penitenciaria y con la justicia.

Nuestro sistema judicial se ha acomodado al interés de instrumentalizar la justicia a fines políticos y no a los ideales que debe; y con ello las distorsiones a los verdaderos fines del poder judicial nos tocan a todos porque se ha dejado la puerta abierta para el des respeto a lo derechos y garantías, la agresión impune a la constitución y las leyes y el incumplimiento de deberes de los operadores de justicia.

La de por sí trascendente e histórica venida del Papa Francisco, espero permita dirigir nuestra mirada también hacia nuestro sistema judicial y la urgente necesidad de reformar las políticas penitenciarias y el sistema judicial en general en Bolivia, aunque con mayor apremio el sistema penal.

miércoles, 1 de agosto de 2012

Pros y Contras del Nuevo Sistema de Seguridad Ciudadana

Ayer se promulgaron dos nuevas leyes que son parte de un paquete de reformas programadas dentro del nuevo sistema de seguridad ciudadana. Existen reformas pendientes que podrían afectar la valoración de este "sistema", pero las primeras dos leyes y las declaraciones de las reformas pendientes permiten hacer una primera tentativa.


Entre los aspectos destacables deben señalarse la oportunidad y su integralidad como parte del sistema. En el primer caso, las leyes se promulgan como parte de una preocupación ciudadana creciente en torno a la inseguridad de hecho en el país. Y se especifica como de hecho, porque es necesario remarcar que la criminalidad y la inseguridad no responden por falta de normativa, sino por aplicación y como parte de otros factores, donde la norma y su severidad no son ni garantía ni excluyen la necesidad de ver otros aspectos.

Sin embargo, la ley del sistema de seguridad ciudadana tiene esos elementos de integralidad y sistema como otro aspecto favorable digno de destacar. El hecho de que además de las 12 ó 14 leyes pendientes de promulgación, se esté previendo políticas de refuerzo tecnológico, infraestructural y de recursos humanos destinados a contribuir a la seguridad ciudadana, es también muy loable.

Sin embargo, la visión de las reformas parece enfocarse estrictamente en un enfoque inquisitivo, donde se trata de agrandar el poder y las facultades de la policía para perseguir y castigar el crimen, sin reconocer la necesidad de otras políticas necesarias para efectivamente reducir la criminalidad; tratando sus causas y no viendo solamente la oportunidad de castigarlo, pues esto es ineludiblemente una política sancionatoria y no preventiva.

Ha quedado corto el alcance del sistema, al no prever políticas de educación, fomento al deporte, promoción del empleo, mejora de la economía, reducción de la informalidad, como requisitos claves de efectiva reducción y prevención de la criminalidad. 

Y ese es  quizá uno de los aspectos más negativos, pues la ciudadanía no espera que la inseguridad siga ocurriendo y que con carácter posterior se castigue, sino que la vida cotidiana esté libre de la criminalidad que afecta su seguridad. La lógica inquisitiva además puede contribuir en mayor violencia e inseguridad al ciudadano, cometida desde las "atribuciones" del gobierno, sobre todo ante las abundantes evidencias de que el Estado de Derecho es cada vez más reducido, pues el ejercicio de la política del gobierno actual ha demostrado que para el gobierno las normas no se aplican.


Así resulta peligroso que bajo la priorización de la víctima se desconozcan las garantías de los ciudadanos sometidos a la inquisición y su posibilidad de demostrar su inocencia o de ejercer sus derechos aún en casos de culpabilidad. Pero peor aún, se promueve el riesgo de que a nombre de la seguridad ciudadana se violen los derechos de los propios ciudadanos, resultando la propia ciudadanía víctima del "control" del gobierno, en lugar de beneficiarios de los "servicios públicos" de su gestión.

Por otro lado, las reformas son selectivas con los procesos y delitos que se deben endurecer. Se están endureciendo penas de delitos sobre trata de personas, accidentes de tránsito, y la investigación en delitos entre privados y la acción directa de la policía, pero la creciente ola de crímenes tienen mucho que ver en su peligrosidad y complejidad con el aumento de tráfico de drogas y el consecuente aumento de tráfico de armas y de organizaciones criminales, que incluyen delitos de lavado de dinero y coacción para delinquir o tolerar la delincuencia. Sin embargo ninguna pena, proceso, desarrollo de recursos tecnológicos o humanos están comprendidos en este sistema y sus futuras reformas para tratar estos aspectos urgentes y necesarios para incidir efectivamente en la reducción de la criminalidad y la promoción de la seguridad ciudadana.

Uno de los aspectos que más preocupa es la posible reforma al Código de Procedimiento Penal, porque se están haciendo claras referencias a lo fácil que el sistema libera delincuentes. Esto no es cierto. El proceso actual no libera delincuentes, lo hace la falta de eficiencia en las labores tanto de parte de los jueces, como de los fiscales y la propia policía.

Sin embargo, la voluntad política ha demostrado la facilidad de tener personas detenidas preventivamente por más de lo que debería durar el proceso y ante los más pequeños indicios, negándose la posibilidad de control, ejercicio de libertades y derechos fundamentales. Si eso ocurre ahora, habrá que ser cautelosos con lo que puede pasar a futuro con un sistema que en su lógica reniega de las garantías a todas las partes de un proceso y que busca solamente castigar y sobre poblar aún más nuestras cárceles.

Compartimos algo de las nuevas reformas en la siguiente noticia

jueves, 24 de marzo de 2011

La finalidad del Derecho

En relación a la nota de prensa adjunta es necesario plantearse cuál es la Finalidad del Derecho para poder determinar si esta postura es o no cuestionable.

Si la finalidad del Derecho (y en consecuencia la de un Proceso dado) es la de ejercer fuerza y poder para fines de alguna de las Partes, entonces la postura del Senador Rojas sería percibible como una forma de buscar mayor eficacia en el Derecho, de modo tal que los mecanismos por él plateados, (que incluirían la presión y la tortura) podrían ser válidos para la persecución de este fin.

Sin embargo, si la finalidad del Derecho es entendida como la de lograr establecer reglas justas para el ejercicio de los derechos de los individuos, como en particular se entiende por nuestra parte, la finalidad de un Proceso Judicial debería ser la de traducir mecanismos para que "todas" las Partes de un litigio puedan perseguir sus pretensiones en el límite de los derechos de los demás y de la propia norma; de modo tal que los intereses de una u otra Parte no se logren en desmedro de los derechos y garantías que deben asistirnos a todos, como elemento clave del ejercicio del Derecho en un Estado de Derecho.

Así, queda claro que si se tiene que elegir entre la eficacia de la pretensión de una Parte y la eficacia del sistema jurídico como medio de garantía y protección de los Derechos de la generalidad, tendría que ponderarse ésta segunda alternativa siempre; por el bien común.

Esto debido a que es mejor correr el riesgo de dejar sin juzgar a un posible criminal que Sentenciar a inocentes. Por qué? porque en este contexto en particular resulta evidente que la eliminación de torturas y la legalidad de la prueba y el proceso en general actúan como límites al Poder, en especial al de tipo político, para evitar la penalización del derecho a discernir y oponerse, que de otro manera resultaría una herramienta tentadora para la monopolización del Poder y su inevitable disposición en perjuicio del bien común y los intereses particulares.

Fuera de estas consideraciones deontológicas, cabe mencionar que existen abundantes normas, leyes y tratados que repudian el uso de la fuerza como mecanismo de "averiguación de la verdad" porque la historia ha probado su notoria inconsistencia y tendencia a la disposición de los hechos en lugar de la averiguación de la verdad.

Por lo cual, ni moral ni legalmente se pueden permitir estos conceptos o prácticas.